Orden de 2 de abril
de 2014, del Consejero de Presidencia, por
la que se modifica la Orden de 10 de marzo de 2014, de la Consejería de
Presidencia por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre
para los establecimientos públicos de la Región de Murcia durante Semana
Santa y Fiestas de Primavera. (BORM 08-04-2014)
La celebración de Fiestas
Tradicionales, como son las de Semana Santa y Fiestas de Primavera en la Región
de Murcia, aconsejó prorrogar con carácter extraordinario y temporal los horarios
de cierre de establecimientos y espectáculos públicos, regulados mediante
Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno y Resolución de
la Secretaría General Cultura y Educación, de 9 de junio de 1996.
Con fecha 10 de marzo de 2014, mediante
Orden del Consejero de Presidencia se prorrogó temporalmente dicho horario de
cierre.
Considerando conveniente la
modificación de la citada Orden y en aplicación de las facultades que tengo
atribuidas y de conformidad con el Real Decreto 1.279/1994, de 10 de junio, de
traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la
Comunidad Autónoma, el Decreto 53/2001, de 15 de junio, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, el Decreto del
Presidente de la Comunidad Autónoma 13/2013, de 23 de julio, de Reorganización
de la Administración Regional, el Decreto 17/2013, de 25 de julio, por el que
se establecen el orden de prelación de las Consejerías de la Administración
Regional y sus competencias y el Decreto 141/2011, de 8 de julio, por el que se
establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y modificado
por el Decreto 74/2012, de 1 de junio, he tenido a bien dictar la siguiente
Orden
Se modifica en los apartados
siguientes de la citada Orden con el siguiente tenor literal:
Segundo.- Se
autoriza la apertura de los establecimientos públicos, incluidos en las
categorías señaladas anteriormente y los Bares Especiales de la ciudad de
Cartagena hasta las 7 horas de la
madrugada del día 18 de abril de 2014, con motivo de la Procesión del
Encuentro.
Tercero.
Sin perjuicio de lo establecido en
el párrafo anterior, los establecimientos incluidos en las categorías indicadas
anteriormente y Bares Especiales del municipio de Murcia podrán permanecer
abiertos hasta las 7 horas de la
madrugada de los días 22 y 27 de abril de 2014, con motivo de las Fiestas
del Bando de la Huerta y del Entierro de la Sardina respectivamente.
Cuarto.- Así
como hasta la 7 horas de la madrugada de
los días 18 y 19 de abril de 2014, con motivo de la Festividad de Jueves
Santo y Viernes Santo, de aplicación a los establecimientos incluidos en las
categorías anteriores además de a Bares Especiales.
Murcia, 2 de abril de 2014.—El
Consejero, Manuel Campos Sánchez