El TS prohíbe a Hacienda hacer una inspección después de una comprobación limitada con el mismo objeto.
Confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que estimó el recurso de una empresa inmobiliaria que fue objeto de dos procedimientos de comprobación limitada en relación a una deducción por reinversión de beneficios, y a la que posteriormente se le realizó otra inspección con el mismo objeto. Prohibición de regularizar otra vez, salvo que se descubran nuevos hechos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas. Interpretación del artículo 140.1 de la Ley General Tributaria de 2003. STA TS 22-09-2014.