Estimados clientes
Con motivo de la entrada en vigor el próximo 1 de enero de 2015 de la reforma fiscal recientemente aprobada le adjuntamos los tipos de retención que han sufrido variación.
Retenciones
Se fijan unos tipos de retenciones con carácter general, si bien para el año 2015 exclusivamente se fijan otros tipos diferentes.
Para el año 2015 los tipos de retenciones serán:
• Administradores y miembros de los consejos de
administración: 37% si bien, cuando los rendimientos procedan de
entidades con un importe neto de cifra de negocios inferior a 100.000 € el
porcentaje será del 20%
• Cursos, conferencias, charlas y
coloquios o derivados de la elaboración de obras científicas: 19%
•
Rendimientos del capital mobiliario: 20%
• Rendimientos del
capital inmobiliario: 20%
• Rendimientos de actividades
económicas:
o 19% para los rendimientos de actividades
profesionales
o 9% para los rendimientos de actividades
profesionales en el año de inicio y en los dos siguientes.
o 15%
cuando el volumen de rendimientos íntegros actividades económicas sea inferior a
15.000 € en el ejercicio anterior y represente más del 75% de la suma de
los rendimientos económicos y del trabajo.
• Ganancias por la transmisión de acciones y participaciones en IICC y ganancias por la transmisión de derechos de suscripción preferente: 20%
A partir de 2016 los tipos de retenciones serán:
• Administradores y miembros de los consejos de
administración: 35% si bien, cuando los rendimientos procedan de
entidades con un importe neto de cifra de negocios inferior a 100.000 € el
porcentaje será del 19%
• Cursos, conferencias, charlas y
coloquios o derivados de la elaboración de obras científicas:
18%
• Rendimientos del capital mobiliario: 19%
•
Rendimientos del capital inmobiliario: 19%
• Rendimientos de
actividades económicas:
o 18% para los rendimientos de actividades
profesionales
o 9% para los rendimientos de actividades
profesionales en el año de inicio y en los dos siguientes.
o 15%
cuando el volumen de rendimientos íntegros actividades económicas sea inferior a
15.000 € en el ejercicio anterior y represente más del 75% de la suma de
los rendimientos económicos y del trabajo.
• Ganancias por la transmisión de acciones y participaciones en IICC y ganancias por la transmisión de derechos de suscripción preferente: 19%