Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que acaba de decidir la equivalencia entre fijos e interinos.
Se argumenta que las indemnizaciones por despido deben ser iguales para todos, salvo que haya razones objetivas, y de estas últimas excluye el hecho de ser indefinido o no.
Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de fecha 20-07-2016, por la que, en resumen, se declara la nulidad de un despido colectivo por haberse vulnerado, durante el periodo de consultas, el derecho de huelga y la buena fe que debe existir durante el periodo de negociación, al sustituir la empresa a los trabajadores huelguistas por trabajadores de otros centros de trabajo.