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“Nuevo Decreto-ley de Control Horario.”

Boletin
Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

El Gobierno ha aprobado el real decreto ley por el que obliga a las empresas a imponer un sistema de fichajes.  Una modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores en la que se recoge la obligación de las empresas de registrar las horas que realiza, cada día, cada empleado y la conservación de estos datos durante cuatro años.

 

 

Entrada en vigor a partir del 12 de mayo de 2019 entra en vigor el nuevo Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

 

 

Algunas claves de esta nueva normativa son:

  1. La empresa deberá registrar diariamente la jornada de cada trabajador indicando entrada y salida, sin perjuicio de flexibilidad horaria.
  2. Asimismo los empleados deben conocer con detalle la duración y distribución de la jornada ordinaria de trabajo y su horario laboral.
  3. Los empleados están obligados a fichar en horarios de descanso.
  4. Los sindicatos deben ser conocedores mensualmente, o bajo petición expresa, de las horas extraordinarias.
  5. Se permiten jornadas con flexibilidad horaria siempre y cuando esté recogido en convenios o mediante acuerdos con los trabajadores de la empresa.
  6. La empresa debe documentar y organizar los registros de cada trabajador y debe documentar estos registros por un período de 4 años.
  7. El no cumplimiento de este Decreto-ley puede suponer multas de hasta 6.000€. Se considerará grave el no tener registro de jornada.

 

 

 

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