Resolución del titular de la Dirección General de Diálogo Social y
Bienestar Laboral, por la que ratifica el Decreto de la Alcaldía de Murcia
suspendiendo en el calendario de fiestas laborales la festividad local del
14 de abril de 2020 en el Municipio de Murcia.
Mediante Resolución, de 7 de junio de 2019, el titular de la Dirección General de
Relaciones Laborales y Economía Social aprobó el calendario de fiestas laborales para el año
2020 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM nº 140 de 20 de junio de
2019). Consta en dicha Resolución que el día 14 de abril de 2020 será día festivo e inhábil a
efectos laborales en el Municipio de Murcia.
Por otra parte, se ha recibido en la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar
Laboral certificado del Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Murcia, de fecha 2 de abril
de 2020, por el que se suspende el día festivo local de 14 de abril de 2020, motivando dicha
decisión en el estado de alarma establecido por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo y
su prórroga. Concluye el Decreto de la Alcaldía determinando que el Pleno Municipal
adoptará, en su momento, acuerdo oportuno solicitando a esta Dirección General nueva fecha
para la celebración de la fiesta local suspendida.
En su virtud, y reconociendo la legalidad y oportunidad de aplicar, en las presentes y
excepcionales circunstancias, lo dispuesto por los artículos 21-m) y 124-h) de la Ley de Bases
de Régimen Local,
DISPONGO
- Declarar suspendida la festividad local del 14 de abril de 2020 en el Municipio de
Murcia.
- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá recurrirse potestativamente mediante recurso de reposición ante el mismo órgano
que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título V de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
“Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
En Murcia, a 3 de a b r i l de 2020.— La Directora General de Diálogo Social y
Bienestar Laboral, Manuela Marín Gómez.