El pasado sábado 26 de marzo, se publicó en el BORM el extracto de la
Convocatoria Pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación y fomento del empleo y autoempleo en el municipio de Murcia. Ejercicio de 2022.
A continuación, pasamos a referir un resumen
de la misma:
Objeto:
fomentar
la creación de empleo y autoempleo en el municipio de Murcia,
mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
que incentiven la realización de contratos laborales indefinidos de personas
desempleadas, y altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
(RETA).
El ámbito territorial de la presente convocatoria se circunscribe
exclusivamente al municipio de Murcia.
Beneficiarios/as y acciones subvencionables:
Modalidad de contratación
A) En
la modalidad de empleo: las pymes y micropymes, que desarrollen su
actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física,
comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades
laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de
inserción, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el
municipio de Murcia.
Serán subvencionables los contratos
indefinidos que no pertenezcan a la modalidad de fijos-discontinuos, que se
mantengan durante un periodo de 12 meses como mínimo. Los contratos
podrán realizarse a jornada completa o parcial, siempre que ésta no sea inferior
al cincuenta por ciento (50 %) de la jornada laboral a tiempo
completo.
B) En la modalidad de autoempleo: podrán ser
beneficiarios las personas físicas, miembros de comunidades de bienes o
sociedades civiles, y socios que se incorporen a empresas de economía social,
cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos y cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentren en el
municipio de Murcia.
En esta modalidad, se subvencionarán las
altas que se realicen en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos (RETA) para la realización de una actividad económica o
profesional por cuenta propia a jornada completa, siempre que
se mantengan durante un periodo mínimo de 12
meses.
Periodo
subvencionable:
La formalización de los contratos y altas
en RETA mencionadas en los párrafos anteriores, deberá ser realizada en
el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de mayo
de 2022, ambos incluidos.
Lugar y
plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación
desde el 28 de marzo hasta el 1 de junio de 2022.
Las
solicitudes de subvención, se formalizarán obligatoriamente según el modelo
normalizado establecido, disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Murcia en el Área “Educación, Formación y Empleo”, subapartado “Empleo”,
accesible en la página https://sede.murcia.es.
Cuantía y límites de las ayudas:
Cuantía
Límites
Modalidad
empleo:
-Dos contrataciones por empresa.
-Una subvención
única por la contratación de una misma persona.
-Ayudas no acumulables entre
sí.
Modalidad autoempleo:
-Ayudas limitadas a
una por persona física.
-Ayudas no acumulables entre sí.
Fuente: amusal.