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RENDIMIENTO DE CAPITAL INMOBILIARIO VIVIENDAS ARRENDADAS POR TEMPORADAS

Sentencia
IRPF. – LA REDUCCIÓN DEL 60% ES APLICABLE A VIVIENDAS ARRENDADAS POR TEMPORADAS

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en su sentencia del pasado día 22 de febrero de 2024, concluye que el arrendamiento de vivienda a estudiantes universitarios para su uso durante el curso académico da derecho a la aplicación de la reducción prevista en la norma del IRPF para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario (60% en el ejercicio analizado). Según el Tribunal, para aplicar la reducción solo es necesario que el inmueble se utilice como vivienda y la norma no especifica si su uso debe ser temporal o permanente.