IRPF. – LA REDUCCIÓN DEL 60% ES APLICABLE A VIVIENDAS ARRENDADAS POR TEMPORADAS
El Tribunal Superior
de Justicia de la Comunidad Valenciana, en su sentencia del pasado día 22 de
febrero de 2024, concluye que el arrendamiento de vivienda a estudiantes
universitarios para su uso durante el curso académico da derecho a la
aplicación de la reducción prevista en la norma del IRPF para la determinación
del rendimiento neto del capital inmobiliario (60% en el ejercicio
analizado). Según el Tribunal, para aplicar la reducción solo es necesario que
el inmueble se utilice como vivienda y la norma no especifica si su uso debe
ser temporal o permanente.